Pension máxima IPS CANAEMPU EMPART
Soy empleaado público e impongo por el máximo que son 60 UF Mensuales ¿Recibiré como pension de vejez entonces el equivalente en pesos de las 60 UF?
No. Una de las cosas que hay que saber es que las pensiones máximas para los afiliados a las ex cajas de previsión social que pasaron al Instituto de Previsión Social de Chile (IPS , ex INP) en la década del 80', no alcanzan el equivalente en pesos a las 60 UF por mes.
¿La razón?
Independiente al sueldo que tenga,
existe un limite de pension de vejez que paga el IPS a sus afiliados .
Lamentablemente esta informacion no es fácil de ubicar en la web; pero tiene que ver con una antigua ley, la Ley 15.385 art. 25, que es del año 1963 que fijaba el monto maximo con lo que comenzaba a jubilar una persona.
Para determinar el monto, se utilizaba como escala de remuneracion una cierta cantidad de
sueldos vitales (monto minimo de dinero que alcanza para que una persona pueda subsisitir segun el estado).
Todo esto se tradujo en pesos directamente, a partir de la ley 19.200 artículo 9 de 1993; estableciendo que el tope máximo para ese año sería de $430.605.
A partir de ese año ese valor se ha ido reajustando, de acuerdo a la variacion del IPC,
hasta alcanzar la cifra de $1.234.819 pesos al 01 de Enero de 2017, que es la cifra máxima que podría recibir un pensionado. Esto aplica a todas las ex cajas de prevision social como son : - EMPART
- CANAEMPU,
- Caja de Prevision de la Marina Mercante,
Caja de Previsión Social de los Obreros Municipales de la República - Servicio de Seguro Social
- Caja Bancaria de Pensiones
- Caja de Previsión de los Empleados Municipales de Santiago
- Caja de Previsión de Empleados Particulares
- Caja de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco del Estado de Chile
- Caja de Previsión de Empleados y Obreros de la Empresa Metropolitana de Obras Sanitarias
- Caja de Retiro y Previsión Social de los Ferrocarriles del Estado
- Caja de Previsión de la Hípica Nacional